Wednesday, November 30, 2016

Sanciones por no contratar a los trabajadores

Tener trabajando a un empleado sin que esté dado de alta, es sumamente arriesgado. De sobra sabemos en nuestra asesoría laboral en Málaga que muchas empresas, a fin de ahorrar costes laborales, por desconocimiento, por error o simplemente deciden no asegurarlos y el trabajador empieza a trabajar en la empresa sin contrato.

Si te arriesgas a esta irregularidad, es muy probable que antes o después un Inspector de Trabajo te visite y lo descubra. A continuación te contamos como está la legislación al respecto.

¿Qué pasa si aparece un Inspector de trabajo?

 

El inspector de trabajo, cuando visita una empresa, lo primero que hace es pedir a todas las personas que se encuentren en la misma que se identifique (nombre y apellidos, DNI…)

Éste comprobará si ese trabajador está o no dado de alta en la fecha de visita y levantará un acta.

Por mucho que corramos a pedirle a nuestro asesor laboral en Málaga que le dé de alta a ese trabajador, el resultado va a ser el mismo, la sanción. Ten en cuenta que estos trámites se hacen de forma telemática, con lo que en ese alta se verá reflejado la hora y el día, evidentemente posterior a la visita del inspector, por lo que la sanción estará más que justificada.

CONSULTA CON EL ASESOR

¿Cuáles son las sanciones para el empresario?

 

En nuestra experiencia en asesoría sabemos que la sanción a una empresa por tener trabajadores sin que estén dados de alta se considera una infracción grave, con lo cual, las multas rondaran en:

  • Multa en su grado mínimo: 3.126,00-6.250,00 €
  • Multa grado medio: 6.251,00-8.000,00 €
  • Multa grado máximo: 8.001,00-10.000,00 €

Una multa por no asegurar a un trabajador, es para cada trabajador individual, con lo cual, si encima, tenemos a 3 empleados por ejemplo sin contrato, la multa igualmente será el triple. ¿Es arriesgado o no? Es más, esto es así, siempre que una persona preste servicios para otras retribuidos por cuenta ajena, incluyendo a las empleadas del hogar.

Otra consecuencia que afectará a la empresa, es que perderá las ayudas concedidas y no va a poder acceder a bonificaciones desde la fecha de esa irregularidad hasta 2 años después.

Además hay que prestar especial atención si el empleado es extranjero, debes pedirle su documentación para verificar que se encuentra autorizado a trabajar por cuenta ajena en España, porque si no es así, y está trabajando (aunque le hubierais contratado) la infracción se considera muy grave, pudiendo ascender cada multa desde 10.001€ hasta 100.000€

asesoria-laboral-malaga-accidente-laboral

Asesoría Málaga: ¿Cómo aplica la inspección el grado de la multa?

 

El procedimiento es el siguiente:

  1. El inspector te deja por escrito la documentación que tienes que aportarle.
  2. Presentada la documentación que te hubiera requerido (contratos, nominas, prevención de riesgos….etc.), éste abre un acta de infracción (si no estás de acuerdo, puedes alegar, evidentemente)
  3. Una vez estudiado el expediente y las alegaciones que haya presentado la empresa, el inspector realiza una propuesta (valorará la “gravedad” para tipificarla en el grado y cuantía que determine)
  4. Se finalizará el expediente con la resolución imponiendo la sanción.

 

CONSULTA CON EL ASESOR

Si eres trabajador, ¿te pueden sancionar por trabajar sin contrato?

 

El principal problema surge cuando estás cobrando el desempleo (o cualquier ayuda) y no quieres estar contratados, para así cobrar prestación y tu salario de la empresa, esto es un fraude. Con lo que, si el inspector, aprecia la culpabilidad del trabajador la sanción también le cae a él.

Ahora bien, si tú como trabajador, no estás cobrando ninguna prestación como el desempleo, o nunca has trabajado previamente a tu visita en esa empresa, el inspector a priori no va a apreciar la culpa del trabajador, y no te sancionará.

asesoria-laboral-malaga-trabajador-sin-contrato

CONCLUSIONES Y CASOS REALES.

 

Como trabajador, tienes que tener presente que el hecho de estar trabajando sin estar contratado, implica no tener cubiertas las coberturas legales:

  • Baja en caso de incapacidad, maternidad…
  • No tener derecho posteriormente a desempleo
  • El tiempo que estés sin contrato no te cuenta para la jubilación….

Así que puedes denunciar en la Inspección de Trabajo tu situación y una vez que la inspección lo compruebe, pasarás a tener automáticamente un contrato indefinido y a jornada completa independientemente de las condiciones que tuvieras anteriormente.

Si eres empresario, NUNCA, NUNCA, NUNCA tengas a trabajadores sin estar de alta. Aunque vaya una hora al día, dale de alta. No sólo por cuestiones económicas, como la multa que te puede caer, es que es peligrosísimo, si a un trabajador le pasa algo estando sin contrato (imagínate que está en la obra y se le cae un andamio…) el problema ya pasa a ser civil o incluso penal.

Ejemplos como asesoría laboral en Málaga

 

Te contamos el caso concreto de una empresa del sector de la hostelería. Una camarera, fregando platos, está esperando que su madre la recoja. Ésta, mientras que su hija acaba, decide echarle una mano y ponerse a fregar con ella por la confianza que tenía con el empresario, en ese momento llegó el inspector y la vio fregando, pues sanción que te crió. La inspección entendió que era una trabajadora más y que no la tenía de alta, y no hubo forma de convencerlo de que era una cosa puntual, como se suele decir, fue pillada con las manos en la masa.

Un nuevo caso, un autónomo con una tienda de ropa. Se marcha al banco a hacer unas gestiones, y se queda su padre echándole un “ojo” a la tienda (por eso de no cerrarla el ratito que estaba fuera). En ese momento, entra el inspector (no tienen un cartel en la frente que lo identifique como tal) y lo ve colgando perchas de ropa. Cuando se da cuenta que ha entrado en la tienda una persona, lo atiende como a un usuario más, el inspector comprueba que ni siquiera está de alta como colaborador familiar, y encima está cobrando una incapacidad, en este caso, el autónomo no se libró de la sanción, y el padre perdió temporalmente el derecho a percibir la incapacidad.

Un último ejemplo, una empresa pone a trabajar a una persona que está cobrando el paro, llega el inspector, y levanta el acta. El inspector calificó la sanción como muy grave, así que a la empresa le costó la broma más de 10.000€ y al trabajador, le quitaron la prestación y tuvo que devolver íntegramente todo lo que había cobrado por desempleo.

En definitiva, no te la puedes jugar por que las repercusiones son muy significantes.

CONSULTA CON EL ASESOR

La entrada Sanciones por no contratar a los trabajadores aparece primero en ANALIZZA | Asesoría en Málaga.


Sanciones por no contratar a los trabajadores posted first on http://www.analizza.es

No comments:

Post a Comment