Friday, December 16, 2016

¿Por qué cambiar tu domicilio en la administración pública?

No todo el mundo lo sabe, pero desde nuestra asesoría fiscal te confirmamos que es obligatorio comunicar los cambios de domicilios a la Administración Pública (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamiento…), pero además, si eres empresario, es necesario, en caso contrario las notificaciones que estos organismos quieran hacerte no te llegarán y la repercusión puede ser una auténtica faena para tus intereses.

A continuación te contamos todo lo que debes saber del cambio de domicilio en la administración pública.

Asesoría fiscal Málaga: ¿Qué es el domicilio fiscal?

 

El domicilio fiscal es el lugar de localización de los obligados tributarios y es de gran importancia ya que constituye la conexión y la comunicación entre los obligados y la Administración tributaria.

Es un lugar físico concreto, donde la Administración tributaria puede localizarte y al que debe enviar las notificaciones de los actos administrativos si el obligado tributario no indica un domicilio distinto del fiscal a efectos de notificaciones.

La Ley General Tributaria específica que:

 

  • Para las personas físicas, con carácter general, el domicilio fiscal es su residencia habitual.

 

No obstante, en caso de que realicéis actividades económicas, la administración puede considerar como domicilio fiscal el lugar donde se centralice la gestión administrativa y la dirección de las actividades que desarrolléis.

  • Por otro lado, para las personas jurídicas será el domicilio social siempre que en él tengas centralizado la gestión administrativa y la dirección de tu negocio. En otro caso, se atenderá al lugar en el que se realice la gestión o dirección del mismo.

Además del domicilio fiscal, las normas tributarias exigen a los sujetos que desarrollen actividades económicas declarar los siguientes datos adicionales de localización:

  • El lugar donde tengan efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios cuando sea distinto del domicilio fiscal.
  • El domicilio social, si existe y es distinto del fiscal, para personas jurídicas o entidades residentes en territorio español.

 

Igualmente, los modelos de declaración censal se podrán utilizar para comunicar, en su caso, un domicilio preferente a efectos de notificaciones, así como el destinatario de la notificación, en caso de que sea distinto del titular.

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Cambio de domicilio en Hacienda

 

Para personas jurídicas, entidades en general y para las personas físicas que sean empresarios o profesionales, se comunicará el cambio de domicilio mediante el modelo de declaración censal aprobado por el Ministerio de Economía y Hacienda (Mod. 036-037). Esta declaración se dirigirá a la Delegación o Administración a la que se  haya trasladado su residencia o domicilio.

Para las personas físicas que no realicen actividades empresariales o profesionales, servirá cualquier comunicación, pudiéndose hacer en la propia declaración de la renta así como en el modelo 030 de comunicación del cambio de domicilio.

PIDE CITA CON EL ASESOR

¿Qué ocurre si no cambiamos el domicilio fiscal en Hacienda?

 

De entrada te pueden sancionar, pero además, si estás deduciendo por vivienda habitual, y te cambias de domicilio, no podrás desgravarla y por consiguiente te estás aplicando una deducción que no procede; pierdes el derecho a la deducción. Y la contraria, si te cambias de domicilio fiscal y esta vivienda diese derecho a deducción en renta, el hecho de no comunicarlo te priva de aplicarte la deducción, con lo cual tendrás que justificar el cambio con otros documentos como puede ser el certificado de empadronamiento…

Por último, no recibirás las notificaciones que te envíe Hacienda, con lo cual las comunicaciones y requerimientos siguen su curso, dando el hecho por notificado a efectos de plazos, perderás el plazo que te dan para alegar o subsanar el expediente, e incluso, si el procedimiento resultase a pagar te pueden embargar la cuenta sin tener siquiera conocimiento de ello al no haberte llegado la comunicación.

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Conclusión como asesores fiscales en Málaga

 

  1. Te animamos a verificar qué domicilio tienes informado en Hacienda.
  2. Informa de cualquier cambio para evitar sorpresas. El procedimiento es muy sencillo, y las consecuencias de no hacerlo son nefastas pues las notificaciones producen todos sus efectos legales independientemente de que las recibas o no.

 

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