Wednesday, June 21, 2017

Todo lo que debes saber del contrato de formación y aprendizaje (II)

¿Conoces el contrato de formación? En esta segunda parte de este artículo, te vamos a contar las ventajas tanto para el trabajador como para la empresa y haremos un breve resumen con los 7 puntos más importantes.

 

Ventajas de contrato de formación

 

Para la empresa

 

  • Reducción del 100% en las cuotas empresariales.
  • Formación reglada 100% bonificada.
  • Si además el trabajador pertenece al Fondo De Garantia Juvenil, se incrementa la bonificación.
  • Salario en proporción al tiempo de trabajo o según convenio.
  • Entre 1.500-1800€ por transformarlos en indefinido.
  • Sin límite de contratos por empresa.
  • No exige mantenimiento del nivel de empleo.
  • Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores la cuantía máxima podrá ser de 2 euros por alumno y hora de tutoría.
  • Financiación de la formación: Bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:

Ventajas empresa contrato formacion asesoria malaga

Para el trabajador

 

  • Reducción del 100% de la cuota del trabajador.
  • Formación
  • Obtendrá Certificado de profesionalidad oficial.
  • Con prestación por desempleo.
  • Formación teórica y práctica.

Contrato de formacion por asesoria malaga informacion

Resumiendo todo lo anterior:

 

Los costes financiables de la formación se calcularán según los módulos:

  1. Si el curso es presencial: Costes hora/ participante serán de 8 euros
  2. Si es a distancia/teleformación : Costes hora/alumno será de 5 euros.
  3. Bonificación adicional por tutorización: cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.
  4. En empresas de menos de 5 trabajadores, el importe de la cuantía máxima anterior será de 2 euros por alumno y hora.
  5. Cuantía máxima de la bonificaciones que podrá aplicarse la empresa será la correspondiente a un número de horas equivalente al 25 % de la jornada durante el primer año y al 15 % de la misma durante el segundo y tercer año. En el caso de los contratos cuyos beneficiarios estén incluidos en el Sistema de Garantía Juvenil, el importe de los porcentajes anteriores será del 50% y el 25% respectivamente.
  6. El pago a los centros de formación acreditados o autorizados, de titularidad privada, la empresa abonará mensualmente al centro el coste de la formación, pudiéndose aplicar por ello las correspondiente bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
  7. El centro o la academia emitirá a la empresa factura mensualmente especificando el nombre del centro, representante del mismo, datos de los participantes, formación realizada, número de horas de formación del mes liquidado y fecha de la factura. Además le comunicara al l Servicio Público de Empleo Estatal, mediante el Registro Electrónico, todos los datos anteriores.

 

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